ELECCIONES
CONSEJOS ESCOLARES (05). Artículo 5, apartado 1, de la
ORDEN: UNA VEZ CONSTITUIDA LA JUNTA ELECTORAL, ESTA SOLICITARÁ A LA ASOCIACIÓN
DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO, LEGALMENTE CONSTITUIDA, CON MAYOR NÚMERO DE
PERSONAS ASOCIADAS DEL CENTRO LA DESIGNACIÓN DE SU REPRESENTANTE EN EL CONSEJO
ESCOLAR. VER POST DÍA 21/09/2016 del BLOG "VOX CLAMANTIS IN
DESERTO".
"Cada vez que deliran los reyes, lo sufren los griegos". Con esta frase Horacio nos quiere decir que "los griegos pagan las locuras de sus reyes".
La España de charanga y pandereta, cerrado y sacristía, devota de Frascuelo y de María, de espíritu burlón y de alma quieta…
Antonio Machado (“El Mañana Efímero” en “Campos de Castilla”).
viernes, 30 de septiembre de 2016
lunes, 26 de septiembre de 2016
ELECCIONES CONSEJOS ESCOLARES (04).
ELECCIONES
CONSEJOS ESCOLARES (04). JUEVES, 29/09/2016. Artículo 6, apartado 1,
de la ORDEN: UNA VEZ CONSTITUIDA LA JUNTA ELECTORAL, ESTA APROBARÁ Y PUBLICARÁ
EN EL TABLÓN DE ANUNCIOS DEL CENTRO LOS CENSOS ELECTORALES EN EL PLAZO MÁXIMO
DE TRES DÍAS HÁBILES. ASIMISMO, DEBERÁ CONCRETAR EL NÚMERO MÁXIMO DE
CANDIDATURAS QUE PUEDEN SER VOTADAS POR CADA PERSONA ELECTORA, SEGÚN LA
COMPOSICIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR QUE CORRESPONDA AL CENTRO. VER
POST DÍA 21/09/2016 del BLOG "VOX CLAMANTIS IN DESERTO".
jueves, 22 de septiembre de 2016
ELECCIONES CONSEJOS ESCOLARES (03).
ELECCIONES CONSEJOS ESCOLARES (03). LA JUNTA ELECTORAL SE CONSTITUIRÁ
ENTRE LOS DÍAS 26 AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2016 (AMBOS INCLUSIVE). VER POST DÍA
21/09/2016 del BLOG "VOX CLAMANTIS IN DESERTO".
sábado, 17 de septiembre de 2016
ELECCIONES CONSEJOS ESCOLARES (02).
ELECCIONES
CONSEJOS ESCOLARES (02). MARTES, 20/09/2016. Artículo 4, apartado 2,
de la ORDEN: LAS PERSONAS QUE OCUPEN LA DIRECCIÓN DE LOS CENTROS ORGANIZARÁN,
CON LAS DEBIDAS GARANTÍAS DE PUBLICIDAD E IGUALDAD, EL SORTEO DE LOS
COMPONENTES TITULARES Y SUPLENTES DE LA JUNTA ELECTORAL CINCO DÍAS HÁBILES
ANTES DE SU CONSTITUCIÓN. A TAL EFECTO, LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DEL
CENTRO DEBERÁ TENER ELABORADOS LOS CENSOS ELECTORALES. VER
POST DÍA 21/09/2016 del BLOG "VOX CLAMANTIS IN DESERTO".
miércoles, 14 de septiembre de 2016
ELECCIONES CONSEJOS ESCOLARES (01).
ELECCIONES
CONSEJOS ESCOLARES (01). Artículo 54, Apartado 1, del
DECRETO: COMPOSICIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL. PARA LA ORGANIZACIÓN DEL
PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN, SE CONSTITUIRÁ EN CADA CENTRO UNA JUNTA ELECTORAL,
COMPUESTA POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS: EL DIRECTOR DEL CENTRO, QUE EJERCERÁ LA
PRESIDENCIA. UN MAESTRO O MAESTRA, QUE EJERCERÁ LA SECRETARÍA Y LEVANTARÁ ACTA
DE LAS SESIONES. UN PADRE, MADRE O REPRESENTANTE LEGAL DEL ALUMNADO. UN REPRESENTANTE
DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS.
COMPETENCIAS: ARTÍCULO 55. VER POST DÍA 21/09/2016 del BLOG "VOX CLAMANTIS
IN DESERTO".
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