El jueves, 01 de Noviembre de
2018 es fiesta laboral con carácter retribuido y no recuperable de conformidad
con lo dispuesto en el Decreto 63/2017, de 2 de mayo, por el que se determina
el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para
el año 2018.
"Cada vez que deliran los reyes, lo sufren los griegos". Con esta frase Horacio nos quiere decir que "los griegos pagan las locuras de sus reyes".
La España de charanga y pandereta, cerrado y sacristía, devota de Frascuelo y de María, de espíritu burlón y de alma quieta…
Antonio Machado (“El Mañana Efímero” en “Campos de Castilla”).
miércoles, 31 de octubre de 2018
lunes, 15 de octubre de 2018
PLAN de CENTRO del C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ".
El DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de
segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de
educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de
educación especial; establece en su artículo 19,
apartado 3 que los Colegios de Educación Infantil y Primaria concretarán
su modelo de funcionamiento en:
- El Proyecto Educativo.
- El Reglamento de Organización y Funcionamiento.
- El Proyecto de Gestión.
EL PLAN DE CENTRO (artículo 20 del
Decreto 328/2010) está constituido por:
- El Proyecto Educativo.
- El Reglamento de Organización y Funcionamiento.
- El Proyecto de Gestión.
El Plan de Centro será elaborado por
el Equipo Directivo y aprobado por el Consejo Escolar, sin perjuicio de las
competencias atribuidas al Claustro de Profesorado. En su elaboración el Equipo
Directivo requerirá la colaboración e implicación del Equipo Técnico de Coordinación
Pedagógica y de otros órganos de coordinación docente.
El Claustro de Profesorado formulará
propuestas al Equipo Directivo para la elaboración del Plan de Centro, fijará
criterios referentes a la Orientación y tutoría del alumnado, informará el
Reglamento de Organización y Funcionamiento y aprobará y evaluará los aspectos
educativos del Plan de Centro que son de su competencia.
El Plan de
Centro tendrá un carácter plurianual, obligará a todo el Personal del Centro y
vinculará a la Comunidad Educativa del mismo. Se podrá actualizar o modificar,
en su caso, tras los procesos de autoevaluación o a propuesta del Director en
función de su proyecto de dirección.
El artículo 20
del Decreto 328/2010 establece que el Plan de Centro será público y se facilitará
su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía en general.
EL PROYECTO
EDUCATIVO (artículo 21 del Decreto 328/2010).
El proyecto
educativo constituye las señas de identidad del Centro docente y expresa la
educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo
que deberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de
actuación, no limitándose sólo a los aspectos curriculares, sino también a
aquellos otros que, desde un punto de vista cultural, hacen del centro un elemento
dinamizador de la zona donde está ubicado.
El proyecto
educativo definirá los objetivos particulares que el centro se propone alcanzar,
partiendo de su realidad y tomando como referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3
de mayo, y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, acerca de los principios que
orientan cada una de las etapas educativas que se imparten en el mismo y las correspondientes
prescripciones acerca del currículo.
El proyecto
educativo abordará, al menos, los siguientes aspectos:
- a) Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar.
- b) Líneas generales de actuación pedagógica.
- c) Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las áreas de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial.
- d) Los criterios pedagógicos para la determinación del horario de dedicación de las personas responsables de los órganos de coordinación docente.
- e) Los procedimientos y criterios de evaluación y promoción del alumnado.
- f) La forma de atención a la diversidad del alumnado.
- g) La organización de las actividades de refuerzo y recuperación.
- h) El plan de orientación y acción tutorial.
- i) El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias.
- j) El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar, a que se refiere el artículo 22 del Decreto 328/2010.
- k) El plan de formación del profesorado.
- l) Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.
- m) Los procedimientos de evaluación interna.
- n) Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado.
- ñ) Los criterios generales para elaborar las programaciones didácticas de cada una de las áreas de la educación primaria y de la educación especial y las propuestas pedagógicas de la educación infantil.
- o) Los planes estratégicos que, en su caso, se desarrollen en el centro.
- p) Cualesquiera otros que le sean atribuidos por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
En la elaboración
del Proyecto Educativo podrán realizar sugerencias y aportaciones el
Profesorado, el Personal de Administración y Servicios y de Atención Educativa
Complementaria y las Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado.
EL REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO (artículo 24 del Decreto 328/2010).
El reglamento de
organización y funcionamiento recogerá las normas organizativas y funcionales
que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que
el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto,
confianza y colaboración entre todos los sectores de la Comunidad Educativa.
El reglamento de
organización y funcionamiento, teniendo en cuenta las características propias
del centro, contemplará los siguientes aspectos:
- a) Los cauces de
participación de los distintos sectores de la Comunidad Educativa en todos los
aspectos recogidos en el Plan de Centro.
- b) Los criterios
y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de
decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente,
especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación
del alumnado.
- c) La
organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro,
con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas
para su uso correcto.
- d) La organización de la vigilancia de los tiempos de recreo y de los periodos de entrada y salida de clase.
- e) La forma de colaboración de los tutores y tutoras en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.
- f) El plan de autoprotección del centro.
- g) El procedimiento para la designación de los miembros de los equipos de evaluación a que se refiere el artículo 26.5.
- h) Las normas
sobre la utilización en el centro de teléfonos móviles y otros aparatos
electrónicos, así como el procedimiento para garantizar el acceso seguro a
internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007, de 6
de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de
riesgos y la seguridad en el uso de internet y las tecnologías de la
información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad.
- i) La posibilidad de establecer un uniforme para el alumnado. En el supuesto de que el centro decidiera el uso de un uniforme, este, además de la identificación del centro, llevará en la parte superior izquierda la marca genérica de la Junta de Andalucía asociada a la Consejería competente en materia de educación.
- j) Las competencias y funciones relativas a la prevención de riesgos laborales.
- k) Cualesquiera otros que le sean atribuidos por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación y, en general, todos aquellos aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro no contemplados por la normativa vigente, a la que, en todo caso, deberá supeditarse.
En la
elaboración del reglamento de organización y funcionamiento podrán realizar
sugerencias y aportaciones el Profesorado, el Personal de Administración y
Servicios y de Atención Educativa Complementaria y las Asociaciones de Padres y
Madres del Alumnado.
EL PROYECTO DE
GESTIÓN (artículo 25 del Decreto 328/2010).
El proyecto de
gestión de los colegios de educación infantil y primaria recogerá la ordenación
y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos.
El proyecto de
gestión contemplará, al menos, los siguientes aspectos:
- a) Criterios para la elaboración del presupuesto anual del centro y para la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto.
- b) Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado.
- c) Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar.
- d) Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares. Todo ello sin perjuicio de que reciban de la Administración los recursos económicos para el cumplimiento de sus objetivos.
- e) Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del centro.
- f) Criterios para una gestión sostenible de los recursos del centro y de los residuos que genere que, en todo caso, será eficiente y compatible con la conservación del medio ambiente.
- g) Cualesquiera otros aspectos relativos a la gestión económica del centro no contemplados en la normativa vigente, a la que, en todo caso, deberá supeditarse.
Las Consejerías
competentes en las materias de hacienda y de educación determinarán la
estructura y periodicidad de la cuenta de gestión que los centros han de rendir
ante la Consejería competente en materia de educación, estableciéndose el
procedimiento de control y registro de las actuaciones derivadas de la
actividad económica de los mismos.
La aprobación
del proyecto de presupuesto de los centros para cada curso escolar, así como la
justificación de su cuenta de gestión son competencia del Consejo Escolar. En
el caso de la justificación de la cuenta, se realizará por medio de una
certificación de dicho Consejo Escolar sobre la aplicación dada a los recursos
totales, que sustituirá a los justificantes originales, los cuales, junto con
toda la documentación, estarán a disposición tanto de la Consejería competente
en materia de educación, como de los órganos de la Comunidad Autónoma con
competencia en materia de fiscalización económica y presupuestaria, de la Cámara
de Cuentas de Andalucía, del Parlamento de Andalucía, del Tribunal de Cuentas y
de los órganos de la Unión Europea con competencia en la materia.
Los presupuestos
anuales y las cuentas de gestión formarán parte del proyecto de gestión.
La ORDEN de 20
de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de
las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación
primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros
públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros,
del alumnado y del profesorado; en su artículo 4 proporciona instrucciones
sobre la difusión del Plan de Centro:
- El Plan de Centro será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía en general.
- A tales efectos, la persona que ejerza la dirección del centro entregará una copia del mismo a las asociaciones de madres y padres del alumnado y adoptará las medidas adecuadas para que el documento pueda ser consultado por todos los miembros de la comunidad educativa.
- El Plan de Centro podrá ser conocido por la ciudadanía en general, aun cuando no pertenezca a la comunidad educativa del centro.
- Los centros que dispongan de página web publicarán en ésta su Plan de Centro, una vez sea aprobado, así como sus actualizaciones y modificaciones.
jueves, 11 de octubre de 2018
EL VIERNES 12 de OCTUBRE de 2018 ES FIESTA LABORAL CON CARÁCTER RETRIBUIDO Y NO RECUPERABLE.
El viernes, 12 de Octubre de 2018
es fiesta laboral con carácter retribuido y no recuperable de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto 63/2017, de 2 de mayo, por el que se determina el
calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
año 2018.
domingo, 9 de septiembre de 2018
LUNES, 10 de SEPTIEMBRE de 2018. INICIO DEL HORARIO LECTIVO CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2018/2019.
Resolución
de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación en Córdoba, por la
que se aprueban el Calendario y la Jornada Escolar en los Centros Docentes no
Universitarios para el curso académico 2018/2019.
El horario
general del Centro establece que la entrada será a las 9:00 horas y la salida a
las 14:00 horas.
Si hubiera o hubiese
cambios en el horario publicado en este post (artículo de un blog), en el
tablón de anuncios digital ¡Última Hora! encontrará información totalmente
actualizada. Para acceder, haga clic o doble clic AQUÍ.
ENLACE a RESOLUCIÓN
jueves, 6 de septiembre de 2018
EL VIERNES, 7 DE SEPTIEMBRE DE 2018; TENDRÁ LUGAR UNA REUNIÓN INFORMATIVA CON LOS PADRES, MADRES Y TUTORES LEGALES DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL.
El viernes, 7 de
septiembre de 2018; tendrá lugar una reunión informativa con los padres, madres
y tutores legales del alumnado de Educación Infantil del C.E.I.P. "Victoria
Díez" de Hornachuelos en las aulas sitas en calle La Redonda a las 11:00
horas.
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(artículo de un blog), en el tablón de anuncios digital ¡Última Hora! encontrará
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miércoles, 5 de septiembre de 2018
EL JUEVES, 6 de SEPTIEMBRE de 2018; TENDRÁ LUGAR UNA REUNIÓN INFORMATIVA DE PRINCIPIO DE CURSO CON LOS PADRES, MADRES Y TUTORES LEGALES DEL ALUMNADO DEL C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ" de HORNACHUELOS.
La circular de
fin del curso escolar 2017/2018 recogía en el punto número diez que habría una
reunión informativa al principio del curso escolar 2018/2019 cuyos datos son
los siguientes:
LUGAR:
Teatro Cine
Municipal "Giuseppe Verdi" de Hornachuelos.
FEHA:
Jueves, 6 de
septiembre de 2018.
HORA:
10:00 horas.
ASUNTO:
Información
relacionada con el curso escolar 2018/2019 dirigida a los padres, madres y
tutores legales del alumnado que cursa sus estudios en el C.E.I.P.
"Victoria Díez".
Si hubiera o hubiese
cambios en el contenido publicado en este post (artículo de un blog), en el
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actualizada. Para acceder, haga clic o doble clic AQUÍ.
martes, 4 de septiembre de 2018
INSTRUCCIÓN 11/2018, DE 3 DE SEPTIEMBRE, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN EDUCATIVA, SOBRE EL ESTABLECIMIENTO Y LA APLICACIÓN DEL HORARIO FLEXIBLE EN EL SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL AL PRINCIPIO DEL CURSO ESCOLAR.
Instrucción
11/2018, de 3 de septiembre, de la Dirección General de Ordenación Educativa,
sobre el establecimiento y la aplicación del horario flexible en el segundo
ciclo de educación infantil al principio del curso escolar.
lunes, 3 de septiembre de 2018
viernes, 31 de agosto de 2018
ABIERTO el PLAZO de SOLICITUD de BONIFICCACIONES PARA LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES en el C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ". CURSO ESCOLAR 2018/2019. DESDE EL 1 al 7 de SEPTIEMBRE de 2018 AMBOS INCLUSIVE.
La Orden de 17
abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los
servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades
extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes
públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar
establece en su artículo 25, apartado 1 que la bonificación que pudiera
corresponder deberá solicitarse del 1 al 7 de septiembre de cada año utilizando
el modelo que, como Anexo V, aparece en la Orden, en el cual deberán declararse
los ingresos de la unidad familiar del periodo impositivo inmediatamente
anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de la solicitud.
Además, todos
los miembros de la unidad familiar mayores de dieciséis años deberán estar
identificados por su DNI o NIE y cumplimentarán la autorización a la Consejería
competente en materia de educación para que ésta pueda obtener de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, mediante la transmisión de datos
telemáticos, la información relativa a los ingresos correspondientes de todos
los miembros de la unidad familiar obligados a presentar Declaración por el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida al período impositivo
inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de
solicitud. A estos efectos se entienden como ingresos cualquier renta
susceptible de integrar el hecho imponible en el Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.
En el supuesto
de que algún miembro de la unidad familiar no esté obligado a presentar
declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se
requerirá de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, información
relativa a los certificados de retenciones expedidos por el pagador de
cualquier clase de rendimientos en favor de dicho miembro de la unidad
familiar.
Una vez constatado que la Agencia Estatal de Administración
Tributaria no dispone de datos económicos respecto de dicha persona, se
presentará cualquier documento que acredite los ingresos obtenidos en el
periodo de referencia.
Excepcionalmente podrá presentarse una declaración
responsable de la persona interesada.
La dirección del
centro docente revisará la solicitud de bonificación y la documentación que
acompaña, comprobando que se han indicado los DNI o NIE de los miembros de la
unidad familiar mayores de dieciséis años y que la documentación aportada es
correcta.
En caso contrario, requerirá a la persona interesada para que, en un
plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su
petición.
Cuando no se
cumplimente la autorización a la Consejería competente en materia de educación
establecida en el apartado 1, no se tendrá derecho a la bonificación.
Tampoco se
tendrá derecho a la misma cuando se constate que alguno de los datos aportados
es falso.
Procederá el
reintegro de las cantidades bonificadas cuando se haya obtenido la bonificación
falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo
hubieran impedido. Dicho reintegro se exigirá conforme al procedimiento establecido
en la normativa vigente.
Una vez que la
Consejería competente en materia de educación obtenga la información recogida
en el apartado 1, se procederá al cálculo de las bonificaciones
correspondientes, que serán notificadas a las personas solicitantes por la
persona que ejerce la dirección del centro docente, a través de un anuncio en
el tablón de anuncios del centro.
En el plazo de
diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del
citado anuncio, las personas solicitantes podrán formular las alegaciones que
estimen convenientes ante la persona que ejerza la dirección del centro
docente.
La dirección del
centro docente examinará las alegaciones presentadas y formulará la
correspondiente propuesta a la persona titular de la respectiva Delegación
Territorial competente en materia de educación, que dictará la resolución de
bonificación del precio público correspondiente a los servicios de aula
matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, que será notificada a
las personas solicitantes.
La resolución
podrá ser objeto de recurso potestativo de reposición ante la persona titular
de la Delegación Territorial competente en materia de educación, que agota la
vía administrativa, o de recurso contencioso-administrativo ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el artículo 46.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
En las actividades
extraescolares, la bonificación al precio público de este servicio se aplicará
como máximo a dos actividades por alumno o alumna.
El pago de los
servicios complementarios se realizará mensualmente mediante domiciliación
bancaria.
El alumnado
suplente en cada uno de los servicios complementarios, en caso de resultar
admitido, tendrá un plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente
al de la notificación de admisión para solicitar, en su caso, la bonificación
que pudiera corresponderle.
En el caso de
solicitudes de admisión en los servicios complementarios presentadas a lo largo
del curso, la bonificación deberá solicitarse conjuntamente con aquélla.
Puede acceder a
toda la documentación relativa a los servicios complementarios en los Centros
docentes públicos a través del blog:
"Vox
clamantis in deserto":
Columna derecha.
Epígrafe:
“IMPRESOS para
ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, AULA MATINAL y COMEDOR ESCOLAR."
Haga clic o
doble clic sobre la normativa o impreso que desee descargar.
sábado, 25 de agosto de 2018
viernes, 27 de julio de 2018
EL VIERNES, 27 DE JULIO DE 2018 TENDRÁ LUGAR LA LLAMADA “LUNA de SANGRE”, UN ECLIPSE LUNAR TOTAL QUE SERÁ VISIBLE EN AMÉRICA DEL SUR, EUROPA, ÁFRICA, ASIA Y AUSTRALIA.
Un Eclipse de
Luna Total ocurre cuando la Luna entra totalmente en el cono de sombra que
produce la Tierra (al interponerse entre el Sol y la Luna).
Retransmisión en
directo del Eclipse Total de Luna de julio de 2018 desde el Observatorio de
Altas Energías HESS, Namibia. Los eclipses lunares ocurren cuando nuestro
satélite pasa por la sombra de la Tierra. Esto no sucede todos los meses,
porque la órbita de la Luna está inclinada con respecto a la de la Tierra-Sol
(eclíptica). A diferencia de los eclipses solares, los eclipses lunares son
visibles desde cualquier lugar del mundo, una vez que la Luna está sobre el
horizonte en el momento del eclipse.
Con una
totalidad de 102 minutos será el eclipse lunar más largo del siglo XXI.
Este mismo día a
las 20:20 GMT (22:20 horas en España) tendrá lugar la llamada “Luna Llena de
Julio”, la Luna estará a una distancia de 406.091 kilómetros de la Tierra (de
centro a centro).
La fase de Luna
Llena (plenilunio) es un período que sucede justo cuando la cara visible de la
Luna se muestra totalmente iluminada, alcanzando su máximo brillo durante la
noche. Ocurre unas doce o trece veces al año, según el calendario lunar.
El efecto que la
luna que ejerce sobre la tierra es muy relevante, controlando las mareas de
ríos y océanos. La vitalidad de las plantas aumenta con la luz de la luna.
Cuando más nos acercamos a la luna llena, más fuerza poseen las plantas para
luchar contra parásitos y enfermedades.
Se ha estudiado
mucho en el posible efecto que la Luna Llena ejerce sobre el comportamiento
humano, y parece que es más difícil dormir profundamente durante esta fase
lunar.
ENLACE a DATOS ECLIPSE
ENLACE a EL CORREO
ENLACE a elPeriódico
ENLACE a DATOS ECLIPSE
ENLACE a EL CORREO
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viernes, 29 de junio de 2018
INSTRUCCIONES DE 12 DE JUNIO DE 2018 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD SOBRE PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO ESCOLAR 2018/2019.
Instrucciones de
12 de junio de 2018 de la Dirección General de Participación y Equidad sobre
Programa de Gratuidad de los Libros de Texto para el curso escolar 2018/2019.
viernes, 22 de junio de 2018
FECHAS Y HORAS PARA LA RECOGIDA DE LIBROS DE TEXTO CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO ESCOLAR 2018/2019.
De conformidad
con las Instrucciones de 12 de junio de 2018 de la Dirección General de Participación
y Equidad sobre Programa de Gratuidad de los Libros de Texto para el curso
escolar 2018/2019; comunicamos a los padres, madres o tutores legales del
alumnado del C.E.I.P. "Victoria Díez" que el próximo curso escolar
2018/2019 cursen sus estudios de 1º y 2º de Educación Primaria, que se pueden
pasar por la Secretaría del Centro, sita en C/. Portugal nº 1, para retirar el correspondiente
Cheque Libro atendiendo al siguiente horario:
Fecha: desde el
viernes, 22 de Junio de 2018 y hasta el viernes, 29 de junio de 2018 en horario
de 9:00 a 12:00 horas.
Fecha: desde el
lunes, 3 de septiembre de 2018; hasta el viernes, 28 de septiembre de 2018 en
horario de 9:00 a 12:00 horas.
Rogamos respeten
las fechas y el horario establecido.
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