La España de charanga y pandereta, cerrado y sacristía, devota de Frascuelo y de María, de espíritu burlón y de alma quieta…

Antonio Machado (“El Mañana Efímero” en “Campos de Castilla”).

miércoles, 31 de octubre de 2018

EL JUEVES 01 de NOVIEMBRE de 2018 ES FIESTA LABORAL CON CARÁCTER RETRIBUIDO Y NO RECUPERABLE.

El jueves, 01 de Noviembre de 2018 es fiesta laboral con carácter retribuido y no recuperable de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 63/2017, de 2 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018.

lunes, 15 de octubre de 2018

PLAN de CENTRO del C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ".

El DECRETO 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo grado, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, y de los centros públicos específicos de educación especial; establece en su artículo 19, apartado 3 que los Colegios de Educación Infantil y Primaria concretarán su modelo de funcionamiento en:

  • El Proyecto Educativo.
  • El Reglamento de Organización y Funcionamiento.
  • El Proyecto de Gestión.

EL PLAN DE CENTRO (artículo 20 del Decreto 328/2010) está constituido por:

  • El Proyecto Educativo.
  • El Reglamento de Organización y Funcionamiento.
  • El Proyecto de Gestión.

El Plan de Centro será elaborado por el Equipo Directivo y aprobado por el Consejo Escolar, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de Profesorado. En su elaboración el Equipo Directivo requerirá la colaboración e implicación del Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica y de otros órganos de coordinación docente.

El Claustro de Profesorado formulará propuestas al Equipo Directivo para la elaboración del Plan de Centro, fijará criterios referentes a la Orientación y tutoría del alumnado, informará el Reglamento de Organización y Funcionamiento y aprobará y evaluará los aspectos educativos del Plan de Centro que son de su competencia.

El Plan de Centro tendrá un carácter plurianual, obligará a todo el Personal del Centro y vinculará a la Comunidad Educativa del mismo. Se podrá actualizar o modificar, en su caso, tras los procesos de autoevaluación o a propuesta del Director en función de su proyecto de dirección.

El artículo 20 del Decreto 328/2010 establece que el Plan de Centro será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía en general.
EL PROYECTO EDUCATIVO (artículo 21 del Decreto 328/2010).
El proyecto educativo constituye las señas de identidad del Centro docente y expresa la educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que deberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándose sólo a los aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural, hacen del centro un elemento dinamizador de la zona donde está ubicado.

El proyecto educativo definirá los objetivos particulares que el centro se propone alcanzar, partiendo de su realidad y tomando como referencia la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, acerca de los principios que orientan cada una de las etapas educativas que se imparten en el mismo y las correspondientes prescripciones acerca del currículo.

El proyecto educativo abordará, al menos, los siguientes aspectos:

  • a) Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar.
  • b) Líneas generales de actuación pedagógica.
  • c) Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las áreas de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial.
  • d) Los criterios pedagógicos para la determinación del horario de dedicación de las personas responsables de los órganos de coordinación docente.
  • e) Los procedimientos y criterios de evaluación y promoción del alumnado.
  • f) La forma de atención a la diversidad del alumnado.
  • g) La organización de las actividades de refuerzo y recuperación.
  • h) El plan de orientación y acción tutorial.
  • i) El procedimiento para suscribir compromisos educativos y de convivencia con las familias.
  • j) El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar, a que se refiere el artículo 22 del Decreto 328/2010.
  • k) El plan de formación del profesorado.
  • l) Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar.
  • m) Los procedimientos de evaluación interna.
  • n) Los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado y la asignación de las tutorías, de acuerdo con las líneas generales de actuación pedagógica del centro y orientados a favorecer el éxito escolar del alumnado.
  • ñ) Los criterios generales para elaborar las programaciones didácticas de cada una de las áreas de la educación primaria y de la educación especial y las propuestas pedagógicas de la educación infantil.
  • o) Los planes estratégicos que, en su caso, se desarrollen en el centro.
  • p) Cualesquiera otros que le sean atribuidos por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.
En la elaboración del Proyecto Educativo podrán realizar sugerencias y aportaciones el Profesorado, el Personal de Administración y Servicios y de Atención Educativa Complementaria y las Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado.
EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO (artículo 24 del Decreto 328/2010).

El reglamento de organización y funcionamiento recogerá las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la Comunidad Educativa.

El reglamento de organización y funcionamiento, teniendo en cuenta las características propias del centro, contemplará los siguientes aspectos:

  • a) Los cauces de participación de los distintos sectores de la Comunidad Educativa en todos los aspectos recogidos en el Plan de Centro.
  • b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado. 
  • c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto. 
  • d) La organización de la vigilancia de los tiempos de recreo y de los periodos de entrada y salida de clase.
  • e) La forma de colaboración de los tutores y tutoras en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.
  • f) El plan de autoprotección del centro.
  • g) El procedimiento para la designación de los miembros de los equipos de evaluación a que se refiere el artículo 26.5.
  • h) Las normas sobre la utilización en el centro de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos, así como el procedimiento para garantizar el acceso seguro a internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad.
  • i) La posibilidad de establecer un uniforme para el alumnado. En el supuesto de que el centro decidiera el uso de un uniforme, este, además de la identificación del centro, llevará en la parte superior izquierda la marca genérica de la Junta de Andalucía asociada a la Consejería competente en materia de educación.
  • j) Las competencias y funciones relativas a la prevención de riesgos laborales.
  • k) Cualesquiera otros que le sean atribuidos por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación y, en general, todos aquellos aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro no contemplados por la normativa vigente, a la que, en todo caso, deberá supeditarse.

En la elaboración del reglamento de organización y funcionamiento podrán realizar sugerencias y aportaciones el Profesorado, el Personal de Administración y Servicios y de Atención Educativa Complementaria y las Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado.
EL PROYECTO DE GESTIÓN (artículo 25 del Decreto 328/2010).
El proyecto de gestión de los colegios de educación infantil y primaria recogerá la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos.

El proyecto de gestión contemplará, al menos, los siguientes aspectos:

  • a) Criterios para la elaboración del presupuesto anual del centro y para la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto. 
  • b) Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado.
  • c) Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar.
  • d) Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares. Todo ello sin perjuicio de que reciban de la Administración los recursos económicos para el cumplimiento de sus objetivos.
  • e) Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del centro.
  • f) Criterios para una gestión sostenible de los recursos del centro y de los residuos que genere que, en todo caso, será eficiente y compatible con la conservación del medio ambiente.
  • g) Cualesquiera otros aspectos relativos a la gestión económica del centro no contemplados en la normativa vigente, a la que, en todo caso, deberá supeditarse.

Las Consejerías competentes en las materias de hacienda y de educación determinarán la estructura y periodicidad de la cuenta de gestión que los centros han de rendir ante la Consejería competente en materia de educación, estableciéndose el procedimiento de control y registro de las actuaciones derivadas de la actividad económica de los mismos.

La aprobación del proyecto de presupuesto de los centros para cada curso escolar, así como la justificación de su cuenta de gestión son competencia del Consejo Escolar. En el caso de la justificación de la cuenta, se realizará por medio de una certificación de dicho Consejo Escolar sobre la aplicación dada a los recursos totales, que sustituirá a los justificantes originales, los cuales, junto con toda la documentación, estarán a disposición tanto de la Consejería competente en materia de educación, como de los órganos de la Comunidad Autónoma con competencia en materia de fiscalización económica y presupuestaria, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, del Parlamento de Andalucía, del Tribunal de Cuentas y de los órganos de la Unión Europea con competencia en la materia.
 
Los presupuestos anuales y las cuentas de gestión formarán parte del proyecto de gestión.

La ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado; en su artículo 4 proporciona instrucciones sobre la difusión del Plan de Centro:

  • El Plan de Centro será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía en general.
  • A tales efectos, la persona que ejerza la dirección del centro entregará una copia del mismo a las asociaciones de madres y padres del alumnado y adoptará las medidas adecuadas para que el documento pueda ser consultado por todos los miembros de la comunidad educativa. 
  • El Plan de Centro podrá ser conocido por la ciudadanía en general, aun cuando no pertenezca a la comunidad educativa del centro. 
  • Los centros que dispongan de página web publicarán en ésta su Plan de Centro, una vez sea aprobado, así como sus actualizaciones y modificaciones.

jueves, 11 de octubre de 2018

EL VIERNES 12 de OCTUBRE de 2018 ES FIESTA LABORAL CON CARÁCTER RETRIBUIDO Y NO RECUPERABLE.

El viernes, 12 de Octubre de 2018 es fiesta laboral con carácter retribuido y no recuperable de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 63/2017, de 2 de mayo, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2018.

domingo, 9 de septiembre de 2018

LUNES, 10 de SEPTIEMBRE de 2018. INICIO DEL HORARIO LECTIVO CORRESPONDIENTE AL CURSO ACADÉMICO 2018/2019.

Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación en Córdoba, por la que se aprueban el Calendario y la Jornada Escolar en los Centros Docentes no Universitarios para el curso académico 2018/2019.

El horario general del Centro establece que la entrada será a las 9:00 horas y la salida a las 14:00 horas.
Si hubiera o hubiese cambios en el horario publicado en este post (artículo de un blog), en el tablón de anuncios digital ¡Última Hora! encontrará información totalmente actualizada. Para acceder, haga clic o doble clic AQUÍ.
 

ENLACE a RESOLUCIÓN

jueves, 6 de septiembre de 2018

EL VIERNES, 7 DE SEPTIEMBRE DE 2018; TENDRÁ LUGAR UNA REUNIÓN INFORMATIVA CON LOS PADRES, MADRES Y TUTORES LEGALES DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL.

El viernes, 7 de septiembre de 2018; tendrá lugar una reunión informativa con los padres, madres y tutores legales del alumnado de Educación Infantil del C.E.I.P. "Victoria Díez" de Hornachuelos en las aulas sitas en calle La Redonda a las 11:00 horas. 
Si hubiera o hubiese cambios en el contenido publicado en este post (artículo de un blog), en el tablón de anuncios digital ¡Última Hora! encontrará la información totalmente actualizada. Para acceder, haga clic o doble clic AQUÍ.

miércoles, 5 de septiembre de 2018

EL JUEVES, 6 de SEPTIEMBRE de 2018; TENDRÁ LUGAR UNA REUNIÓN INFORMATIVA DE PRINCIPIO DE CURSO CON LOS PADRES, MADRES Y TUTORES LEGALES DEL ALUMNADO DEL C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ" de HORNACHUELOS.

La circular de fin del curso escolar 2017/2018 recogía en el punto número diez que habría una reunión informativa al principio del curso escolar 2018/2019 cuyos datos son los siguientes:

LUGAR:
Teatro Cine Municipal "Giuseppe Verdi" de Hornachuelos.

FEHA:
Jueves, 6 de septiembre de 2018.

HORA:
10:00 horas.

ASUNTO:
Información relacionada con el curso escolar 2018/2019 dirigida a los padres, madres y tutores legales del alumnado que cursa sus estudios en el C.E.I.P. "Victoria Díez".
Si hubiera o hubiese cambios en el contenido publicado en este post (artículo de un blog), en el tablón de anuncios digital ¡Última Hora! encontrará la información totalmente actualizada. Para acceder, haga clic o doble clic AQUÍ.

viernes, 31 de agosto de 2018

ABIERTO el PLAZO de SOLICITUD de BONIFICCACIONES PARA LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES en el C.E.I.P. "VICTORIA DÍEZ". CURSO ESCOLAR 2018/2019. DESDE EL 1 al 7 de SEPTIEMBRE de 2018 AMBOS INCLUSIVE.

La Orden de 17 abril de 2017, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar establece en su artículo 25, apartado 1 que la bonificación que pudiera corresponder deberá solicitarse del 1 al 7 de septiembre de cada año utilizando el modelo que, como Anexo V, aparece en la Orden, en el cual deberán declararse los ingresos de la unidad familiar del periodo impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de la solicitud.
Además, todos los miembros de la unidad familiar mayores de dieciséis años deberán estar identificados por su DNI o NIE y cumplimentarán la autorización a la Consejería competente en materia de educación para que ésta pueda obtener de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante la transmisión de datos telemáticos, la información relativa a los ingresos correspondientes de todos los miembros de la unidad familiar obligados a presentar Declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas referida al período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido, a la fecha de solicitud. A estos efectos se entienden como ingresos cualquier renta susceptible de integrar el hecho imponible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En el supuesto de que algún miembro de la unidad familiar no esté obligado a presentar declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se requerirá de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, información relativa a los certificados de retenciones expedidos por el pagador de cualquier clase de rendimientos en favor de dicho miembro de la unidad familiar. 

Una vez constatado que la Agencia Estatal de Administración Tributaria no dispone de datos económicos respecto de dicha persona, se presentará cualquier documento que acredite los ingresos obtenidos en el periodo de referencia. 

Excepcionalmente podrá presentarse una declaración responsable de la persona interesada.

La dirección del centro docente revisará la solicitud de bonificación y la documentación que acompaña, comprobando que se han indicado los DNI o NIE de los miembros de la unidad familiar mayores de dieciséis años y que la documentación aportada es correcta.

En caso contrario, requerirá a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición.

Cuando no se cumplimente la autorización a la Consejería competente en materia de educación establecida en el apartado 1, no se tendrá derecho a la bonificación.

Tampoco se tendrá derecho a la misma cuando se constate que alguno de los datos aportados es falso.

Procederá el reintegro de las cantidades bonificadas cuando se haya obtenido la bonificación falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido. Dicho reintegro se exigirá conforme al procedimiento establecido en la normativa vigente.

Una vez que la Consejería competente en materia de educación obtenga la información recogida en el apartado 1, se procederá al cálculo de las bonificaciones correspondientes, que serán notificadas a las personas solicitantes por la persona que ejerce la dirección del centro docente, a través de un anuncio en el tablón de anuncios del centro.

En el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del citado anuncio, las personas solicitantes podrán formular las alegaciones que estimen convenientes ante la persona que ejerza la dirección del centro docente.

La dirección del centro docente examinará las alegaciones presentadas y formulará la correspondiente propuesta a la persona titular de la respectiva Delegación Territorial competente en materia de educación, que dictará la resolución de bonificación del precio público correspondiente a los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares, que será notificada a las personas solicitantes.

La resolución podrá ser objeto de recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de educación, que agota la vía administrativa, o de recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

En las actividades extraescolares, la bonificación al precio público de este servicio se aplicará como máximo a dos actividades por alumno o alumna.

El pago de los servicios complementarios se realizará mensualmente mediante domiciliación bancaria.

El alumnado suplente en cada uno de los servicios complementarios, en caso de resultar admitido, tendrá un plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación de admisión para solicitar, en su caso, la bonificación que pudiera corresponderle.

En el caso de solicitudes de admisión en los servicios complementarios presentadas a lo largo del curso, la bonificación deberá solicitarse conjuntamente con aquélla.

Puede acceder a toda la documentación relativa a los servicios complementarios en los Centros docentes públicos a través del blog:
"Vox clamantis in deserto":
Columna derecha.
Epígrafe:
“IMPRESOS para ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, AULA MATINAL y COMEDOR ESCOLAR."
Haga clic o doble clic sobre la normativa o impreso que desee descargar.

viernes, 27 de julio de 2018

EL VIERNES, 27 DE JULIO DE 2018 TENDRÁ LUGAR LA LLAMADA “LUNA de SANGRE”, UN ECLIPSE LUNAR TOTAL QUE SERÁ VISIBLE EN AMÉRICA DEL SUR, EUROPA, ÁFRICA, ASIA Y AUSTRALIA.

Un Eclipse de Luna Total ocurre cuando la Luna entra totalmente en el cono de sombra que produce la Tierra (al interponerse entre el Sol y la Luna).

Retransmisión en directo del Eclipse Total de Luna de julio de 2018 desde el Observatorio de Altas Energías HESS, Namibia. Los eclipses lunares ocurren cuando nuestro satélite pasa por la sombra de la Tierra. Esto no sucede todos los meses, porque la órbita de la Luna está inclinada con respecto a la de la Tierra-Sol (eclíptica). A diferencia de los eclipses solares, los eclipses lunares son visibles desde cualquier lugar del mundo, una vez que la Luna está sobre el horizonte en el momento del eclipse.

Con una totalidad de 102 minutos será el eclipse lunar más largo del siglo XXI.


Este mismo día a las 20:20 GMT (22:20 horas en España) tendrá lugar la llamada “Luna Llena de Julio”, la Luna estará a una distancia de 406.091 kilómetros de la Tierra (de centro a centro).

La fase de Luna Llena (plenilunio) es un período que sucede justo cuando la cara visible de la Luna se muestra totalmente iluminada, alcanzando su máximo brillo durante la noche. Ocurre unas doce o trece veces al año, según el calendario lunar.

El efecto que la luna que ejerce sobre la tierra es muy relevante, controlando las mareas de ríos y océanos. La vitalidad de las plantas aumenta con la luz de la luna. Cuando más nos acercamos a la luna llena, más fuerza poseen las plantas para luchar contra parásitos y enfermedades.

Se ha estudiado mucho en el posible efecto que la Luna Llena ejerce sobre el comportamiento humano, y parece que es más difícil dormir profundamente durante esta fase lunar.

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viernes, 22 de junio de 2018

FECHAS Y HORAS PARA LA RECOGIDA DE LIBROS DE TEXTO CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO PARA EL CURSO ESCOLAR 2018/2019.

De conformidad con las Instrucciones de 12 de junio de 2018 de la Dirección General de Participación y Equidad sobre Programa de Gratuidad de los Libros de Texto para el curso escolar 2018/2019; comunicamos a los padres, madres o tutores legales del alumnado del C.E.I.P. "Victoria Díez" que el próximo curso escolar 2018/2019 cursen sus estudios de 1º y 2º de Educación Primaria, que se pueden pasar por la Secretaría del Centro, sita en C/. Portugal nº 1, para retirar el correspondiente Cheque Libro atendiendo al siguiente horario:
Fecha: desde el viernes, 22 de Junio de 2018 y hasta el viernes, 29 de junio de 2018 en horario de 9:00 a 12:00 horas.

Fecha: desde el lunes, 3 de septiembre de 2018; hasta el viernes, 28 de septiembre de 2018 en horario de 9:00 a 12:00 horas.

Rogamos respeten las fechas y el horario establecido.